VOTO POR CORREO
REGLAMENTO ELECTORAL
Artículo 35. Voto por correo
1. Aquellas personas que quieran ejercer su derecho al voto por correo, deberán solicitarlo a la Junta Electoral en el plazo de 10 días naturales contado desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.
Fecha límite solicitud 22 de enero de 2020
MODELO OFICIAL DE SOLICITUD DE VOTO POR CORREO
Transcurrido el plazo legal para la solicitud del voto por correo, se hace pública la lista de electores que han solicitado ejercer su derecho al voto por correo.
RELACIÓN DE SOLICITUDES DE VOTO POR CORREO